Liquidación de la sociedad patrimonial en Colombia
La liquidación de la sociedad patrimonial en Colombia es el proceso mediante el cual se distribuyen los bienes adquiridos durante la convivencia de una unión marital de hecho. Esta figura, regulada por la Ley 54 de 1990 y modificada por la Ley 979 de 2005, surge cuando dos compañeros permanentes han convivido de manera ininterrumpida por más de dos años y cumple un rol fundamental en la protección de los derechos patrimoniales.
Requisitos para que surja la sociedad patrimonial en Colombia
La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en la Sentencia SC005-2021, estableció que se requiere:
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Comunidad de vida: proyecto de vida en común.
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Singularidad: no tener múltiples uniones maritales de hecho.
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Permanencia: ánimo de conformar un hogar estable.
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Inexistencia de impedimentos legales.
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Convivencia ininterrumpida de dos años.
Es importante aclarar que la existencia de la unión marital de hecho no implica automáticamente la sociedad patrimonial, ya que la primera se refiere al vínculo de convivencia y la segunda al régimen económico derivado de esa convivencia.
¿Cómo se declara la sociedad patrimonial?
Una vez cumplidos los requisitos, la sociedad patrimonial puede declararse mediante:
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Sentencia judicial, en proceso ante juez de familia.
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Escritura pública, otorgada en notaría.
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Acta de conciliación, en centro de conciliación.
¿Qué bienes integran la sociedad patrimonial?
Hacen parte de la sociedad patrimonial los bienes adquiridos a título oneroso durante su vigencia. Se excluyen los bienes adquiridos antes de la unión y aquellos recibidos a título gratuito, como donaciones o herencias.
Para la liquidación se realiza inventario, avalúo y partición conforme al Código General del Proceso.
Disolución de la unión marital de hecho
La unión marital de hecho se disuelve por:
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Muerte de uno o ambos compañeros permanentes.
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Mutuo acuerdo elevado a escritura pública, conciliación o sentencia judicial.
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Sentencia judicial en caso de desacuerdo.
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Matrimonio con un tercero por parte de uno de los compañeros.
Plazo para liquidar la sociedad patrimonial en Colombia
Después de la separación definitiva, los compañeros tienen un año para reclamar los efectos patrimoniales. Si la sociedad patrimonial no fue previamente declarada, primero debe adelantarse ese trámite para luego iniciar el proceso de disolución, liquidación y partición.
Liquidación de la sociedad patrimonial
Una vez disuelta la unión, la sociedad patrimonial entra en liquidación. Esta puede solicitarse por cualquiera de los compañeros permanentes o sus herederos, ya sea mediante escritura pública o ante un juez de familia.
¿Qué pasa si no se hace la liquidación de la sociedad patrimonial en Colombia?
Si no se liquida la sociedad patrimonial dentro del término legal, los bienes y deudas comunes deberán dividirse en el futuro, siempre que no haya prescrito la acción. No hacerlo puede generar graves consecuencias económicas y pérdida de derechos patrimoniales.
Conclusión y asesoría legal
La sociedad patrimonial protege los bienes comunes de los compañeros permanentes, siempre que se cumplan los requisitos legales y se declare formalmente su existencia. Su correcta liquidación es esencial para evitar conflictos y asegurar una distribución justa. En Salazar Galán Abogados S.A.S., especialistas en derecho de familia en Medellín, te asesoramos en la declaración, disolución y liquidación de la sociedad patrimonial, garantizando la protección de tus derechos patrimoniales y la seguridad jurídica de tu proceso.