Conoce tus derechos, si te arrestan en Colombia y qué debes hacer
Descubre qué hacer si te arrestan en Colombia. Conoce tus derechos, cómo actuar y los pasos esenciales que debes seguir en caso de ser detenido para protegerte legalmente. La detención o arresto de una persona en Colombia es una medida excepcional que restringe el derecho fundamental a la libertad personal. Por eso, en Colombia, el ordenamiento jurídico protege a toda persona detenida, incluso si es capturada en flagrancia o mediante orden judicial. Es fundamental que cualquier ciudadano conozca sus derechos al momento de ser arrestado y sepa cómo actuar de manera estratégica para no comprometer su defensa.
Derechos fundamentales al momento de ser arrestado
La Constitución Política de Colombia y el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) garantizan que toda persona arrestada conserve sus derechos fundamentales, incluso bajo privación temporal de la libertad. Entre ellos se destacan:
- Derecho a ser informado de las razones de su detención: De conformidad con el artículo 28 de la Constitución y el artículo 303 de la Ley 906 de 2004, toda persona debe ser informada inmediatamente y de forma clara sobre los motivos de su captura y la autoridad que la ordena.
- A guardar silencio: El capturado no está obligado a declarar contra sí mismo ni a confesarse culpable. Así lo establece el artículo 33 de la Constitución. Por tanto, cualquier interrogatorio o declaración debe ser voluntaria y bajo presencia de un abogado.
- Derecho a un abogado defensor: El derecho a la defensa es inmediato y permanente. Toda persona tiene derecho a designar un abogado particular, y si no lo tiene, el Estado debe proporcionarle un defensor público sin costo.
- Ser llevado ante un juez en el menor tiempo posible: La persona que es arrestada debe ser puesta a disposición de un juez de control de garantías dentro de las 36 horas siguientes a su detención, tal como lo ordena el artículo 28 constitucional.
- Derecho a que su captura sea legalmente justificada: Toda detención debe estar amparada por una orden judicial o por una situación de flagrancia, según lo dispuesto por los artículos 295 y 301 de la Ley 906. Si no se cumplen estos requisitos, la detención es ilegal y puede ser objeto de habeas corpus.
- A comunicarse con su familia o persona de confianza: El capturado puede hacer una llamada o enviar un mensaje a un familiar o persona de confianza. La Corte Constitucional, en reiteradas sentencias, ha sostenido que este derecho es parte de una defensa mínima adecuada.
- Derecho a no ser incomunicado ni torturado: Nadie puede ser sometido a aislamiento forzado, tratos crueles, inhumanos o degradantes. La Ley 65 de 1993 (Código Penitenciario) y múltiples tratados internacionales ratificados por Colombia —como la Convención contra la Tortura— lo prohíben expresamente.
¿Qué debes hacer si te arrestan en Colombia?
Conservar la calma es clave. Actuar de manera prudente y estratégica puede prevenir errores irreversibles que perjudiquen tu defensa:
- Guarda silencio hasta hablar con un abogado: Tienes derecho a guardar silencio y es recomendable ejercerlo. No te sientas obligado a “colaborar” dando tu versión sin asesoría, pues cualquier cosa que digas puede ser usada en tu contra.
- Exige que esté presente un abogado: Solicita que se te permita contactar o designar a un abogado penalista. Si no cuentas con uno, pide que se te asigne un defensor público inmediatamente.
- No firmes documentos sin leerlos y sin asesoría: Evita firmar declaraciones, actas o diligencias sin haber recibido orientación legal. Puedes ejercer tu derecho a abstenerte de firmar o escribir.
- Solicita informar a un familiar: Comunícate con un familiar o persona de confianza. Es tu derecho y puede facilitar la designación de un abogado, la obtención de pruebas y la coordinación de tu defensa.
- Revisa si te informaron tus derechos: Si no te fueron informados clara y oportunamente los motivos de tu arresto o tus derechos, hazlo constar en acta y coméntalo a tu abogado defensor: puede ser causal de nulidad o acción de habeas corpus.
¿Cuándo puedes interponer un Recurso judicial por detención ilegal?
Si estás arrestado ilegalmente o si no eres puesto ante un juez dentro de las 36 horas, puedes interponer acción de habeas corpus, consagrada en el artículo 30 de la Constitución y regulada por la Ley 1095 de 2006. Esta acción puede ser presentada por ti o por cualquier persona, en cualquier momento y ante cualquier autoridad judicial.
Que hacer si fuiste capturado injustamente
Si se demuestra que la captura fue ilegal, injustificada o arbitraria, no solo puedes recuperar tu libertad, sino que podrías:
- Solicitar reparación directa al Estado por privación injusta de la libertad (Consejo de Estado, Sección Tercera).
- Denunciar a los funcionarios por abuso de autoridad, prevaricato o retención ilegal, si hay pruebas de violación deliberada de tus derechos.
En Colombia, ser arrestado no significa perder tus derechos. La Constitución, la ley penal y tratados internacionales garantizan que se respeten tu dignidad humana, derecho a la defensa y debido proceso. Saber cómo actuar y qué exigir en ese momento puede marcar la diferencia entre una defensa sólida o una vulneración irreversible de tus derechos fundamentales.
En Salazar Galán Abogados
Contamos con un equipo de abogados penalistas en Medellín, especializados en:
- Defensa penal inmediata en caso de capturas o imputaciones.
- Acciones de habeas corpus y libertades por detención ilegal.
- Representación ante jueces de control de garantías.
- Interposición de acciones por privación injusta de la libertad.
No enfrentes solo una situación de arresto. Contáctanos de inmediato y asegura tu defensa con acompañamiento jurídico profesional, ético y efectivo.