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¿Es válido el reparto verbal de terrenos entre hermanos en Colombia?

En Colombia, el reparto verbal de terrenos entre hermanos no tiene validez jurídica frente a terceros. Conforme al Artículo 60 de la Ley 1579 de 2012, toda transferencia de dominio sobre bienes inmuebles debe formalizarse mediante escritura pública e inscribirse en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Por tanto, cualquier acuerdo de herencia sin escritura carece de eficacia legal.

De igual forma, el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) exige que la partición de bienes hereditarios se haga por vía judicial o notarial, según el caso. Acuerdos verbales solo generan efectos obligacionales internos, sin modificar el estado registral del bien.

¿Puede un hermano reclamar un terreno que otro ocupó por acuerdo verbal?

Sí. Mientras no exista una partición legal, cualquier heredero puede reclamar su parte del inmueble. Además, si uno de los hermanos ha ejercido posesión exclusiva y cumple los requisitos del Artículo 2532 del Código Civil —posesión material, continua, pacífica y pública— podrá iniciar una acción de pertenencia. La Sentencia SC1929-2020 de la Corte Suprema de Justicia establece que los acuerdos verbales entre herederos no producen efectos reales ni implican renuncia tácita de derechos hereditarios.

Pasos para formalizar un acuerdo de reparto entre hermanos

  • Iniciar el proceso de sucesión notarial o judicial.
  • Solicitar un certificado especial de pertenencia si hay posesión exclusiva sobre el inmueble.
  • Efectuar la partición y adjudicación mediante sentencia o escritura pública.
  • Registrar el bien a nombre del nuevo propietario ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.

El reparto verbal de terrenos entre hermanos carece de validez jurídica si no se realiza mediante un procedimiento formal de sucesión de bienes. Para proteger los derechos de cada heredero y evitar conflictos, se recomienda acudir a un abogado de herencia o abogado experto en sucesiones, quienes guiarán el proceso de forma legal y segura.

En Salazar Galán Abogados, acompañamos jurídicamente en:

  • Trámite de sucesión intestada o notarial.
  • Iniciación de acción de pertenencia cuando hay posesión exclusiva.
  • Formalización del reparto de herencia y partición de inmuebles.

Consulta con nosotros para proteger tu herencia y asegurar la legalidad en la adjudicación de bienes.

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