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Derecho Civil

Testamentos en Colombia

11 de octubre de 2024
3 min de lectura
SALAZAR GALAN
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Testamentos en Colombia

Un testamento en Colombia es un documento formal que se elabora ante notaría. Donde una persona expresa su última voluntad respecto a la disposición de sus bienes, establece cómo se distribuirán sus bienes y patrimonio tras su fallecimiento. El testamento permite a la persona definir quiénes serán los herederos y cómo se distribuirán sus bienes, según lo establecido en el Art. 1009 del Código Civil y otras normativas aplicables.

¿Quién puede hacer testamento en Colombia?

Toda persona que tenga bienes y tenga herederos, puede hacer testamento a su voluntad y debe prevenir que si fallece sin hacer testamento le va a dejar a sus herederos una series de complicaciones y conflictos, de tal suerte que la alegría de dejarle unos bienes a los hijos, se suma la tristeza de las múltiples dificultades que se les dejan a estos por la negligencia, el egoísmo y la falta de generosidad y conocimiento para solucionar estos problemas antes de la muerte.

¿Pueden dos personas (cónyuges) realizar un solo testamento?

No, el testamento es un acto individual y debe hacerse uno por cada causante, esto es, por cada persona que tenga bienes y herederos y les quiera evitar problemas después de su muerte

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¿Cuántas clases de testamento en Colombia existen?

La ley pone a disposición de la ciudadanía dos clases de testamentos en Colombia

  1. Testamento cerrado
  2. Testamento abierto

  • Testamento cerrado

El testamento cerrado es un documento que elabora el dueño de los bienes y no desea dejarles un problema disfrazado de fortuna a sus hijos o herederos, requiere la asesoría de un abogado, quien se lo redactara en compañía del dueño de los bienes a fin de ilustrarlo sobre cómo hacerlo para que no sea impugnado o rechazado después de la muerte y no sea declarado nulo.

¿Cómo operan en las herencias el testamento cerrado?

En este caso y después de hecho el escrito testamentario se entregará ante la notaría que elija con el encargo de abrirlo al momento de abrir la sucesión, ósea que nadie distinto al testamentario o dueño de los bienes y su abogado podrán conocer el texto del testamento, pues este es secreto e individual.

  • Testamento abierto

El testamento abierto se hace ante un notario mediante una escritura pública en la que se deja constancia de los legados que el dueño de los bienes quiere hacer antes de morirse.

¿Basta con la presencia del notario para hacer el testamento abierto?

No, se requiere la presencia de tres testigos que cumplan las máximas condiciones que la ley exigen para que sea válido el testamento. Es altamente recomendable solicitar la asesoría de un abogado para hacer esta clase de testamento. El testamento abierto es público y lo pueden conocer todo el mundo, incluyendo a los herederos y legatarios o beneficiarios del testador

Artículo elaborado por la firma SALAZAR GALAN ABOGADOS como un servicio más a nuestros clientes y el público en general a quienes invitamos a que nos visiten y nos consulten.

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